Ley Nº 10099 - PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. EMISION
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para emitir una deuda pública por la suma de quinientos mil pesos ($ 500.000.00) que se denominará "Ferrocarriles del Estado 1941", y que se destinará a la adquisición de diez coches-motores para la Administración de los Ferrocarriles y Tranvías del Estado. La citada deuda devengará el interés del cinco por ciento (5%) anual, pagadero trimestralmente, y una amortización acumulativa de uno y cuarto por ciento (1 1/4%) trimestral. (*)
Artículo 2
El servicio de la deuda a que se refiere el artículo anterior será atendido por Rentas Generales, a quien la Administración de los Ferrocarriles y Tranvías del Estado reintegrará el importe respectivo con cargo a las utilidades de esos mismos coches-motores.
Artículo 3
La adquisición de los coches-motores se hará por licitación pública.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
BALDOMIR - ARSENIO M. BARGO - JAVIER MENDIVIL
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