Ley Nº 10112 - DECLARACION DE PUEBLO

Rango Ley
Publicación 1942-01-14
Estado Vigente
Departamento BALDOMIR - P. MANINI RIOS
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Declárase pueblo con la denominación de "Cerro Chato", al núcleo de población del mismo nombre situado en las secciones 6a., 8a. y 4a. de los Departamentos de Treinta y Tres, Durazno y Florida, respectivamente.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

BALDOMIR - P. MANINI RIOS

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