Ley Nº 10420 - COMERCIO. REGIMEN HORARIO
Artículo 1
Prorróganse hasta el 20 de Mayo próximo las disposiciones que suspendieron la obligatoriedad del horario continuo para el comercio, establecido por el decreto-ley de 18 de Setiembre de 1942.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
AMEZAGA - JAVIER MENDIVIL
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