Ley Nº 10494 - COMERCIO. REGIMEN HORARIO. FIJACION

Rango Ley
Publicación 1944-06-23
Estado Vigente
Departamento AMEZAGA - JAVIER MENDIVIL
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Los aumentos de remuneraciones dispuestos por el artículo 3º de la ley sobre régimen comercial de horarios y jornadas de trabajo, de 6 de Junio de 1944, tienen efecto retroactivo al 1º de Mayo del corriente año.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

AMEZAGA - JAVIER MENDIVIL

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