Ley Nº 10523 - DECLARACION DE FERIADO

Rango Ley
Publicación 1944-09-11
Estado Vigente
Departamento AMEZAGA - JUAN J. CARBAJAL VICTORICA
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Declárase feriado el día 7 de Setiembre del corriente año, desde las 12 hasta las 24 horas, para todo el Departamento de Rivera.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

AMEZAGA - JUAN J. CARBAJAL VICTORICA

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