Ley Nº 10533 - DEUDA PUBLICA. AMPLIACION
Artículo 1
Amplíase en ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000.00) la deuda interna "Bonos de Pavimentación de las Ciudades del Interior" autorizada por decreto-ley de fecha 17 de Mayo de 1934.
Artículo 2
El importe resultante de la colocación de estos Bonos se destinará a pagar la construcción de veredas en la planta urbana de la ciudad de Melo, efectuada de acuerdo con el contrato subscripto por la autoridad municipal el 13 de Febrero de 1943. (*)
Artículo 3
(*)
Artículo 4
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley.
Artículo 5
Comuníquese, etc.
AMEZAGA - HECTOR ALVAREZ CINA
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