Ley Nº 10551 - PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. BIENES INMUEBLES

Rango Ley
Publicación 1944-11-13
Estado Vigente
Departamento AMEZAGA - ADOLFO FOLLE JUANICO
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para adquirir del Banco Hipotecario del Uruguay, y por el precio de diecinueve mil pesos ($ 19.000.00), la propiedad señalada con los números mil setecientos ochenta y seis y mil setecientos ochenta y ocho de la calle Sierra de esta Capital, necesaria para la ampliación y ensanche de la "Casa del Niño".

Artículo 2

El precio establecido será pagadero en trescientas sesenta cuotas mensuales cuyo importe se atenderá con rubros de gastos del Consejo del Niño.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

AMEZAGA - ADOLFO FOLLE JUANICO

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