Ley Nº 10555 - UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA. BIENES INMUEBLES. AUTORIZACION
Artículo 1
Autorízase a la Universidad de la República para realizar la permuta de una fracción de terreno de 44 Hás. 8.160 mts2 perteneciente a la Facultad de Agronomía y que forma parte de mayor área ocupada por la Escuela de Práctica y Campo Experimental de Agronomía de Paysandú, por otra de 29 Hás. 8.775 mts2 propiedad del señor Martín Majó (hijo). (*)
Artículo 2
Autorízase a la Universidad de la República para ceder al Poder Ejecutivo, sin retribución, el predio adquirido en virtud de la permuta a que se refiere el artículo anterior, con destino a ampliación del campo de aterraje de Paysandú.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
AMEZAGA - ADOLFO FOLLE JUANICO
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