Ley Nº 10578 - CESION DE PENSION GRACIABLE. MARIA MANRUPE. ANATOLIA MANRUPE DE TORTORELLI

Rango Ley
Publicación 1944-12-29
Estado Vigente
Departamento AMEZAGA - ADOLFO FOLLE JUANICO - HECTOR ALVAREZ CINA
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Concédese por gracia especial a la señora Anatolia Manrupe de Tortorelli el traspaso de la pensión que por la cantidad de ciento cincuenta pesos ($ 150.00) mensuales, percibía doña María Manrupe, acumulable a la legal que actualmente percibe, sujeta a los descuentos legales, la que será atendida por Rentas Generales.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

AMEZAGA - ADOLFO FOLLE JUANICO - HECTOR ALVAREZ CINA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.