Ley Nº 10796 - ESCUELA DEPARTAMENTAL. JOSE PEDRO VARELA. DENOMINACION
Artículo 1
Desígnase con el nombre de "José Pedro Varela", una escuela pública de instrucción primaria de la capital de cada Departamento, que indicará el Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
AMEZAGA - JUAN J. CARBAJAL VICTORICA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.