Ley Nº 10817 - NEGOCIACION COLECTIVA. CONSEJOS DE SALARIOS. TRIBUNAL DE ELECCIONES. RECURSOS
Artículo 1
(*)
Artículo 2
Elévese a tres mil ciento ochenta pesos (pesos 3.180.00) anuales, la actual retribución de dos mil doscientos cuarenta pesos ($ 2.240.00), del cargo de Jefe de Secretaría del Ministerio de Industrias y Trabajo (ítem 5.01, partida 8).
Artículo 3
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
AMEZAGA - HECTOR ALVAREZ CINA
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