Ley Nº 10834 - DECLARACION DE INTERES TURISTICO
Artículo 1
Declárase la ciudad de San José, zona de interés, apta para el desarrollo del turismo.
Artículo 2
Esta declaración se entiende al solo efecto de las facilidades de préstamos para la construcción de hoteles por iniciativa Municipal o particular.
Artículo 3
Facúltase al Banco de Seguros a facilitar el préstamo necesario para la construcción de hoteles en San José, si la iniciativa fuere del Gobierno Municipal. En tal caso, el Banco de Seguros requerirá informe previo de la Comisión Nacional de Turismo.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
AMEZAGA - JUAN J. CARBAJAL VICTORICA - HECTOR ALVAREZ CINA
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