Ley Nº 10953 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. JULIETA DE LA FUENTE DE HERRERA. CILES BEATRIZ DE LA FUENTE

Rango Ley
Publicación 1947-11-04
Estado Vigente
Departamento BATLLE BERRES - FRANCISCO FORTEZA - LEDO ARROYO TORRES
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Elévase a la cantidad de tres mil seiscientos pesos ($ 3.600.00), la pensión concedida por gracia especial a la señora Julieta de la Fuente de Herrera y Reissig.

Artículo 2

Esta pensión será trasmisible en un cincuenta por ciento, a su hija adoptiva, señorita Ciles Beatriz de la Fuente.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - FRANCISCO FORTEZA - LEDO ARROYO TORRES

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