Ley Nº 11000 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA E. FERRE DE TOUCON
Artículo 1
Acuérdase a la señora María E. Ferre de Toucón, una pensión graciable de seiscientos pesos (pesos 600.00) anuales, en sustitución de la legal que pueda corresponderle y la que será servida por Rentas Generales.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - FRANCISCO FORTEZA - LEDO ARROYO TORRES
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