Ley Nº 11068 - GOBIERNO NACIONAL. GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. AFECTACION DE RENTAS
Artículo 1
Autorízase al Gobierno Departamental de Canelones para afectar las rentas que el Gobierno Nacional debe entregar a ese Gobierno Departamental, en garantía de la operación autorizada por el decreto de la Junta Departamental de Canelones de fecha 20 de enero de 1948.
Artículo 2
Comuníquese. etc.
BATLLE BERRES - JOSE L. PEÑA - LEDO ARROYO TORRES
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