Ley Nº 11124 - PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. AMPLIACION
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para ampliar en un millón de pesos ($ 1:000.000.00) la deuda interna denominada "Bonos de Pavimentación de las Ciudades del Interior" que devengará el interés del 5 % anual y tendrá amortización acumulativa de dos por ciento también anual.
Artículo 2
El producido de la venta de los referidos Bonos se destinará al pago de la pavimentación de la ciudad de Trinidad.
Artículo 3
Rigen para esta ley las mismas condiciones y procedimientos establecidos en el decreto-ley Nº 9.408 de 17 de mayo de 1934.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - LEDO ARROYO TORRES
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