Ley Nº 11136 - ADMINISTRACION DE LOS FERROCARRILES Y TRANVIAS DEL ESTADO. AUTORIZACION. ENAJENACION DE BIENES INMUEBLES

Rango Ley
Publicación 1948-11-01
Estado Vigente
Departamento BATLLE BERRES - MANUEL RODRIGUEZ CORREA
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Autorízase a la Administración de los Ferrocarriles y Tranvías del Estado para vender a la Fábrica Nacional de Papel S.A., la fracción de terreno ubicada en la 14ª sección judicial de Colonia, compuesta de una superficie de 2731 m2. 90, que es parte del empadronado con el número 1120 en Juan L. Lacaze.

Artículo 2

Serán de cuenta exclusiva de la Fábrica Nacional de Papel S.A., todos los gastos que demanden el traslado de las vías, galpón, etc., que actualmente se encuentran emplazados dentro del perímetro de la fracción de terreno cuya venta se autoriza, cuyo valor ha sido fijado en la suma de $ 5.00 el metro cuadrado, o sea $ 13.659.50 en total.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - MANUEL RODRIGUEZ CORREA

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