Ley Nº 11161 - GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. CREACION DE IMPUESTOS
Artículo 1
De acuerdo con el artículo 253 de la Constitución de la República, créanse los impuestos solicitados por el Gobierno Departamental de Florida, conforme al decreto promulgado con fecha 28 de setiembre de 1948.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - ALBERTO F. ZUBIRIA - LEDO ARROYO TORRES
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.