Ley Nº 11202 - GOBIERNO NACIONAL. GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. AFECTACION DE RENTAS

Rango Ley
Publicación 1949-01-19
Estado Vigente
Departamento BATLLE BERRES - ALBERTO F. ZUBIRIA - LEDO ARROYO TORRES
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Declárase afectables las rentas que el Gobierno Nacional debe entregar al Gobierno Departamental de Durazno, para garantizar la operación que, a propuesta del mismo y ajustada al Plan de Obras para la pavimentación con hormigonado de las calles de la aludida ciudad y a la instalación de colectores públicos de saneamiento, sancionado por la Junta Departamental respectiva con fecha 23 de enero de 1948, autorizó el Poder Legislativo, de acuerdo con el artículo 256 de la Constitución de la República.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - ALBERTO F. ZUBIRIA - LEDO ARROYO TORRES

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.