Ley Nº 11217 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA AUGELICA SCOSERIA. SARA ELSA SCOSERIA DE IBARLUCCA
Artículo 1
Concédese una pensión graciable con cargo a Rentas Generales, de cien pesos ($ 100.00) mensuales, a cada una de las dos hijas del doctor José Scosería señora María Angélica Scosería y señora Sara Elsa Scosería de Ibarlucca. Estas pensiones serán acumulables a los sueldos que por otro concepto perciban las interesadas.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - OSCA SECCO ELLAURI - LEDO ARROYO TORRES
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