Ley Nº 11217 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA AUGELICA SCOSERIA. SARA ELSA SCOSERIA DE IBARLUCCA

Rango Ley
Publicación 1949-02-01
Estado Vigente
Departamento BATLLE BERRES - OSCA SECCO ELLAURI - LEDO ARROYO TORRES
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Concédese una pensión graciable con cargo a Rentas Generales, de cien pesos ($ 100.00) mensuales, a cada una de las dos hijas del doctor José Scosería señora María Angélica Scosería y señora Sara Elsa Scosería de Ibarlucca. Estas pensiones serán acumulables a los sueldos que por otro concepto perciban las interesadas.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - OSCA SECCO ELLAURI - LEDO ARROYO TORRES

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.