Ley Nº 11219 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. CELIA VIÑOLY DE PUIG

Rango Ley
Publicación 1949-02-01
Estado Vigente
Departamento BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - LEDO ARROYO TORRES
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Acuérdase, por gracia especial, a la viuda del extinto Representante Nacional don Ventura Puig, señora Celia Viñoly de Puig, una pensión equivalente al monto de la jubilación que le hubiere correspondido al causante a la fecha de su fallecimiento, en sustitución de la legal correspondiente.

Artículo 2

La referida pensión será atendida por Rentas Generales, debiendo la Caja de Jubilaciones respectiva, reintegrar mensualmente el importe de la pensión legal que debiera percibir la señora Celia Viñoly de Puig.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - LEDO ARROYO TORRES

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