Ley Nº 11220 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ETELVINA ALTEZ DE VIGLIOLA
Artículo 1
Acuérdase por gracia especial a la viuda del extinto Senador Nacional don Alfredo S. Vigliola señora Etelvina Altez de Vigliola una pensión equivalente al monto de la jubilación que le hubiere correspondido al causante a la fecha de su fallecimiento, en sustitución de la legal correspondiente.
Artículo 2
La referida pensión será atendida por Rentas Generales, debiendo la Caja de Jubilaciones respectiva, reintegrar mensualmente el importe de la pensión legal que debiera percibir la señora Etelvina Altez de Vigliola.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - LEDO ARROYO TORRES
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