Ley Nº 11240 - VIALIDAD Y OBRAS PUBLICAS
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para continuar la ejecución del plan de vialidad del Departamento de Cerro Largo, establecido por el decreto-ley Nº 10.319, de 22 de enero de 1943 (artículo 11) hasta la total inversión del producido por la emisión de títulos (5:500.000.00 pesos) autorizada por el mismo decreto-ley.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - MANUEL RODRIGUEZ CORREA
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