Ley Nº 11245 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA. FUNCIONARIOS. REMUNERACIONES
Artículo 1
(*)
Artículo 2
La erogación de referencia se tomará de Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - LEDO ARROYO TORRES - ENRIQUE M. CLAVEAUX - OSCAR SECCO ELLAURI
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