Ley Nº 11288 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARA WALTHER DE MAGGIOLO E HIJAS
Artículo 1
Concédese por gracia especial a la señora Mara Walther de Maggiolo y a sus hijas solteras en su carácter de viuda e hijas del extinto Profesor doctor Angel Maggiolo, una pensión equivalente al monto de la jubilación percibida por el causante hasta el momento de su fallecimiento.
Artículo 2
Esta pensión será servida por Rentas Generales, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles, Escolares y Servicios Públicos y Afines, verter mensualmente en Rentas Generales el monto de la pensión legal que hubiere correspondido.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de IMPO, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
IMPO
Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017) — requiere atribución
Fuente: IMPO — Centro de Información Oficial (https://www.impo.com.uy). Datos reutilizados bajo la Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017).