Ley Nº 11307 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. SABAS DELFINA MENA
Artículo 1
Acuérdase a la señora Sabas Delfina Mena una pensión graciable de sesenta pesos ($ 60.00) mensuales, en su calidad de nieta del General don Ignacio Mena, la que será atendida por Rentas Generales. (*)
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI
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