Ley Nº 11319 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ANGELA CHAO PIETRA
Artículo 1
Elévase a un mil ochocientos pesos (pesos 1.800.00) anuales, la pensión graciable otorgada a la señorita Angela Chao Pietra, por la ley de 30 de diciembre de 1948.
Artículo 2
Dicha pensión será trasmisible a sus hermanas solteras.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI
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