Ley Nº 11322 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. PABLO JOSE DEBALI

Rango Ley
Publicación 1949-09-05
Estado Vigente
Departamento BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Acuérdase al señor Pablo José Debali, una pensión graciable complementaria de la jubilación legal que percibe, hasta la suma de doscientos pesos (pesos 200.00) mensuales, atendiéndose la jubilación legal por la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles, Escolares y Servicios Públicos y Afines, y el complemento hasta pesos 200.00 por Rentas Generales.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.