Ley Nº 11347 - ARRENDAMIENTOS. DESALOJOS. LANZAMIENTOS. PRORROGA
Artículo 1
Prorrógase hasta el 15 de noviembre de 1949 el plazo para la ejecución de lanzamientos a que se refiere el artículo 2º de la ley Nº 11.129, de fecha 1º de octubre de 1948.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI
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