Ley Nº 11363 - PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION

Rango Ley
Publicación 1949-11-19
Estado Vigente
Departamento BATLLE BERRES - FRANCISCO S. FORTEZA
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo a decretar el cese de las situaciones que el estado de guerra crea como consecuencia de la aplicación de los artículos números 360, inciso F) de la ley Orgánica Militar de fecha 27 de julio de 1946 y el 144, incso F) de la ley Orgánica de la Marina, de fecha 16 de octubre de 1946; la ley número 10.194, creación de las Zonas de Seguridad de 16 de julio de 1942 y ley Nº 10.171, Organización de la Defensa Pasiva, de fecha 18 de junio de 1942.

Artículo 2

A los efectos de esta última ley, se considerará que se reúnen las circunstancias de aplicación que se determinan en su artículo 62.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - FRANCISCO S. FORTEZA

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