Ley Nº 11376 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MATILDE MESTRE DE GIL
Artículo 1
Concédese una pensión graciable de ciento veinte pesos ($ 120.00) mensuales, a la señora Matilde Mestre de Gil, la cual será atendida por Rentas Generales.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.