Ley Nº 11459 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA. PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. PRESUPUESTO

Rango Ley
Publicación 1950-09-06
Estado Vigente
Departamento BATLLE BERRES - LISANDRO CERSOSIMO - NILO R. BERCHESI
Fuente IMPO
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Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para proceder al refuerzo de los rubros 1.02 inciso A) "Jornales" del Item 10.54 del Ministerio de Salud Pública, en la siguiente forma: Rubro 1.02, Inciso A) "Para Pago de Suplencias", Item 10.54, $ 70.000.00 (setenta mil pesos) mensuales por el período comprendido entre el 1º de octubre y el 31 de diciembre del corriente año y $ 20.000.00 (veinte mil pesos) a partir del 1º de enero de 1950 y hasta tanto el Parlamento vote los recursos para el nuevo Presupuesto General de Gastos. Rubro 1.04. Inciso A) "Jornales", $ 3.750.00 (tres mil setecientos cincuenta pesos), mensuales a partir del 1º de mayo próximo pasado y hasta el 31 de diciembre del corriente año, haciendo constar que dicho refuerzo es para abonar los haberes de los Jornaleros Militares retirados, que realizan tareas en la Colonia Gustavo Saint Bois, y que a fin de no alterar el pago de los mismos, se atenderán con cargo al legado "Teresa Engelbrecht de Gadea" al cual reintegrarán una vez que se arbitren los recursos que se solicitan.

Artículo 2

La erogación distribuida precedentemente se atenderá con "Rentas Generales".

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - LISANDRO CERSOSIMO - NILO R. BERCHESI

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