Ley Nº 11503 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA ANGELICA CORTESI DE RIVEROS. MARTHA ANGELICA RIVEROS
Artículo 1
Acuérdase a la señora María Angélica Cortesi de Riveros y a la señorita Martha Angélica Riveros, una pensión graciable de cien pesos ($ 100.00) mensuales, acumulables a la legal que les corresponda, la que será atendida por Rentas Generales.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI
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