Ley Nº 11505 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA LUISA ZABALA DE DABARCA

Rango Ley
Publicación 1950-10-14
Estado Vigente
Departamento BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Acuérdase a la señora María Luisa Zabala de Dabarca, una pensión graciable acumulable a la legal que percibe de un mil doscientos pesos ($ 1.200.00) anuales, la que será atendida por Rentas Generales.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI

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