Ley Nº 11529 - PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. MONUMENTOS
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para tomar de Rentas Generales hasta la cantidad de veinte mil pesos ($ 20.000.00), destinada a solventar los gastos de erección de un monumento al Jefe de los Orientales José Artigas, en la ciudad de Tacuarembó.
Artículo 2
Dicha cantidad será despositada, en su oportunidad, en la Sucursal del Banco de la República Oriental del Uruguay de la referida ciudad, bajo el rubro "Pro Monumento a Artigas", de donde podrá ser retirada, a aquellos fines, por la Comisión "Pro Monumento a Artigas" recientemente constituída en la ciudad de Tacuarembó, previa autorización del Poder Ejecutivo.
Artículo 3
Cométese al Comité Ejecutivo de la Comisión "Pro Monumento a Artigas" de la ciudad de Tacuarembó, la facultad de designar al artista que ha de estudiar el proyecto y ha de construir el referido monumento, - artista que necesariamente deberá ser de nacionalidad uruguaya-, así como también la de indicar conjuntamente con el señor Intendente y Junta Departamental de aquella ciudad, el sitio público donde deberá ser erigido.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI
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