Ley Nº 11532 - PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. VIALIDAD Y OBRAS PUBLICAS
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo a tomar $ 1:200.000.00 (un millón doscientos mil pesos) valor efectivo, de los recursos autorizados por el artículo 1º de la ley Nº 10.589, de 23 de diciembre de 1944, para la construcción de las siguientes obras:
Ruta 39- Carretera San Carlos-Aiguá.....$ 700.000.00
Ruta 60- Carretera Minas-Pan de Azúcar " 500.000.00
Artículo 2
Decláranse aplicables en cuanto no se opongan a la presente ley, las disposiciones establecidas por las leyes de Obras Públicas vigentes.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - JOSE A. ACQUISTAPACE - NILO R. BERCHESI
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