Ley Nº 11534 - DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION

Rango Ley
Publicación 1950-10-28
Estado Vigente
Departamento BATLLE BERRES - CARLOS A. VIANA ARANGUREN - NILO R. BERCHESI - JOSE A. ACQUISTAPACE
Fuente IMPO
artículos 3
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Desígnanse, por razones de utilidad pública, las siguientes propiedades para ser expropiadas, con destino a ampliación del predio que ocupa la Colonia Gustavo Saint Bois, dependencia del Ministerio de Salud Pública, ubicadas en la 9ª sección judicial de Montevideo, padrones del número 174.573 al 174.599, con una superficie de 7 hectáreas 6.440 ms.2 39 y mejoras; padrón total: 45.977 con 52 hectáreas 5.422 ms.2, a $ 2.500.00 la hectárea; padrón números 45.976 y 154.089 incluídas las mejoras, área 18 hectáreas 0968, a $ 2.000.00 la hectárea. (*)

Artículo 2

Autorízase a tomar de Rentas Generales, la cantidad de $ 260.000.00 para pago de las expropiaciones, a que hace referencia el artículo 1º de esta ley.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - CARLOS A. VIANA ARANGUREN - NILO R. BERCHESI - JOSE A. ACQUISTAPACE

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.