Ley Nº 11555 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VIUDA E HIJO DE ADEMAR OLIVERA
Artículo 1
Acuérdase a la viuda e hijo del enfermero del Centro Auxiliar de Paso de los Toros, señor Ademar Olivera, una pensión graciable de ciento cinco pesos ($ 105) mensuales, en sustitución de la legal que pudiera corresponderle.
Artículo 2
(*)
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI - NILO R. BERCHESI
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.