Ley Nº 11560 - PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. BIENES INMUEBLES

Rango Ley
Publicación 1950-10-30
Estado Vigente
Departamento BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI
Fuente IMPO
artículos 3
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para ceder a la Asociación de Estudiantes de Medicina el usufructo de la parcela de terreno necesaria para la construcción de su sede propia dentro de la propiedad padrón Nº 26.371 (Hospital de Clínicas).

Artículo 2

El área y ubicación de la parcela cuyo usufructo se cederá, las determinará el Poder Ejecutivo previo asesoramiento de la Universidad de la República.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BATLLE BERRES - OSCAR SECCO ELLAURI

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