Ley Nº 11586 - DIARIO OFICIAL. PRESUPUESTO
Artículo 1
Fíjase en la suma de $ 319.700.00 (trescientos diez y nueve mil setecientos pesos) el presupuesto de sueldos y gastos del Item 5.02 "Diario Oficial", de acuerdo con las planillas siguientes:
Denominación Anual
1 Director Encargado del Registro Nacional de Leyes y Decretos.......................................$ 7.740.00 1 Contador Jefe Administrativo.............................." 6.480.00 1 Secretario Administrativo................................." 5.040.00 1 Secretario Técnico (Supervisor, Corrector e Indizador)...." 4.560.00 2 Jefes de Sección a $ 4.560.00 c/u........................." 9.120.00 1 Oficial 1º................................................" 4.080.00 1 Tenedor de Libros (actualmente se paga por proventos)....." 4.080.00 1 Tesorero (actualmente se paga por proventos).............." 4.080.00 1 Cobrador.................................................." 4.080.00 1 Cuenta Correntista (se paga por proventos)................" 3.600.00 1 Cajero...................................................." 3.360.00 2 Calculadores de avisos (1 se paga por proventos) a $ 3.360.00 c/u.........................................." 6.720.00 1 Expedidor................................................." 3.300.00 1 Archivero................................................." 3.120.00 3 Indizadores Correctores a $ 3.120.00 (actualmente se pagan por proventos)..................................." 9.360.00 1 Oficial 4º................................................" 2.880.00 7 Oficiales 5° a $ 2.640.00 c/u (4 se pagan por proventos).............................................. ." 18.480.00 1 Conserje.................................................." 2.880.00 1 Portero (actualmente se paga por proventos)..............." 2.640.00 Totales.......................................$ 105.660.00
Rubro 1.07 Compensaciones sujetas a Montepío (1)..................$ 3.120.00 1.08 Compensaciones y complementos varios (Gastos de representación, quebrantos de Caja, comisiones agregadas al sueldo, etc.).................." 1.380.00 1.09 Retribuciones varias (2)..............................." 6.200.00 2.01 Transporte de cosas...................................." 2.940.00 2.04 Impresiones y encuadernaciones........................." 197.600.00 2.09 Gastos Generales de Oficina............................" 2.800.00 Total de sueldos y gastos.............................$ 319.700.00
(1) Compensación del repartidor del "Diario Oficial". (2) Comisiones a los Agentes del "Diario Oficial".
Artículo 2
Los funcionarios del Item 5.02 "Diario Oficial", que actualmente desempeñan funciones en comisión en otros Item, y que se determinan en el artículo anterior quedarán incorporados a los presupuestos referidos con la misma denominación y sueldo.
Artículo 3
Los actuales empleados pagados por proventos, ocuparán los cargos que les corresponden, determinados en esta planilla, de acuerdo con las actividades que están desempeñando.
Artículo 4
Fíjanse nuevas tarifas a "Diario Oficial" en la siguiente forma:
Hasta una (1) publicación $ 0.80 el centímetro (25 palabras), de dos (2) a cinco (5) publicaciones $ 0.60, más de cinco (5) publicaciones $ 0.40.
Matrimonios $ 2.00; Balances $ 0.60 la línea; Sociedades Anónimas (Estatutos): hasta $ 20.000.00 de capital, $ 50.00 la página; de $ 20.001 a $ 50.000.00, $ 70.00 la página; de $ 50.001 a 100.000.00, pesos 90.00 la página; de $ 100.001 a 200.000.00 pesos 120.00 la página; de $ 200.001 a 300.000.00 pesos 150.00 la página; de 300.001 a 400.000.00 pesos 180.00 la página; de 400.001 a $ 500.000.00 pesos 220.00 la página; de 500.001 a $ 1:000.000.00 pesos 280.00 la página; de 1:000.001 a 2:000.000.00 pesos 340.00 la página; de $ 2:000.001 a $ 3:000.000.00 $ 400.00 la página; de 3:000.001 a $ 4:000.000.00 pesos 500.00 la página; de $ 4:000.001 a $ 5:000.000.00 $ 600.00 la página; de $ 5:000.001 en adelante, pesos 700.00 la página.
Artículo 5
Comuníquese, etc.
BATLLE BERRES - SANTIAGO I. ROMPANI - NILO R. BERCHESI
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