Ley Nº 11683 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. PILAR DE LA TORRE
Artículo 1
Acuérdase a la señora Pilar de la Torre una pensión graciable de novecientos sesenta pesos ($ 960.00) anuales, la que será atendida por Rentas Generales.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
MARTINEZ TRUEBA - EDUARDO BLANCO ACEVEDO - HECTOR ALVAREZ CINA
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