Ley Nº 11757 - ARRENDAMIENTOS. PRECIOS. DESALOJOS. LANZAMIENTOS. PRORROGA
Artículo 1
Prorróganse los efectos de la ley de fecha 15 de setiembre de 1951, relacionada con desalojos y lanzamientos, hasta el 15 de mayo de 1952, extendiéndose en consecuencia hasta esta fecha, los plazos que determinan las leyes números 11.129, 11.412 y 11.451, de octubre 1° de 1948, 18 de abril de 1950 y 20 de junio de 1950, respectivamente.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
MARTINEZ TRUEBA - EDUARDO BLANCO ACEVEDO
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