Ley Nº 11783 - GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. FIJACION DE IMPUESTO. ADICIONAL A LA PROPIEDAD SUBURBANA Y RURAL
Artículo 1
De acuerdo con el artículo 253 de la Constitución de la República, créase un impuesto sobre la propiedad suburbana y rural del Departamento de Paysandú, sustitutivo del creado por ley número 11.231, de 8 de enero de 1949, conforme a la escala y demás condiciones establecidas en el articulado del decreto número 2731, de fecha 20 de agosto de 1951, de la Junta Departamental.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
MARTINEZ TRUEBA - HECTOR ALVAREZ CINA
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