Ley Nº 11786 - GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. AUTORIZACION. FIJACION DE IMPUESTO. BIENES INMUEBLES. TERRENOS BALDIOS. MODIFICACION

Rango Ley
Publicación 1951-12-10
Estado Vigente
Departamento MARTINEZ TRUEBA - HECTOR ALVAREZ CINA
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API

Artículo 1

Autorízase al Gobierno Departamental de Tacuarembó, de acuerdo al artículo 253 de la Constitución de la República, a modificar el decreto de fecha 27 de Agosto de 1927, de la Asamblea Representativa, sobre impuesto a los terrenos baldíos en el referido Departamento, de la manera establecida en el decreto de la Junta Departamental de Tacuarembó, de fecha 11 de mayo de mil novecientos cincuenta y uno.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

MARTINEZ TRUEBA - HECTOR ALVAREZ CINA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de IMPO, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. IMPO
Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017) — requiere atribución
Fuente: IMPO — Centro de Información Oficial (https://www.impo.com.uy). Datos reutilizados bajo la Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017).