Ley Nº 11865 - MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. DIRECCION DE VIALIDAD. EXONERACION DE DERECHOS ADUANEROS
Artículo 1
Exonérase a la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas del pago de los derechos de Aduana, adicionales y demás gravámenes a la importación de maquinarias, vehículos, aparatos y sus respectivos accesorios y repuestos, materiales, artículos, productos y herramientas que, no fabricados normal o convenientemente en el país, sean introducidos por dicha Dirección, con destino a la construcción y conservación de puentes y carreteras y servicios afines a su cargo.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
MARTINEZ TRUEBA - CARLOS L. FISCHER - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA
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