Ley Nº 11873 - BIENES INMUEBLES. DONACIONES. REINTEGRO
Artículo 1
Modifícase el artículo 1° de la ley de 12 de noviembre de 1951, en el sentido de que el número de padrón del predio donado al Ministerio de Salud Pública por el señor Pedro Cosentino, en el paraje denominado "Chacras de Santa Lucía Chico", Florida, y que se le reintegra por la citada ley, es el número 4177 y no 4777, como figura en el mencionado
artículo 1°.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
MARTINEZ TRUEBA - FEDERICO GARCIA CAPURRO - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.