Ley Nº 11886 - EXONERACION DE IMPUESTO. LANAS

Rango Ley
Publicación 1952-12-09
Estado Vigente
Departamento MARTINEZ TRUEBA - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA
Fuente IMPO
artículos 2
Historial de reformas JSON API

Artículo 1

Prorróganse, a partir del 1° de diciembre de 1952 inclusive, hasta el 31 de marzo de 1953, las disposiciones contenidas en los artículos 1° y 2° de la ley N° 11.823, de 19 de mayo de 1952.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

MARTINEZ TRUEBA - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de IMPO, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. IMPO
Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017) — requiere atribución
Fuente: IMPO — Centro de Información Oficial (https://www.impo.com.uy). Datos reutilizados bajo la Licencia de Datos Abiertos – Uruguay (Decreto 54/017).