Ley Nº 11981 - DEUDA PUBLICA. EMISION

Rango Ley
Publicación 1953-07-23
Estado Vigente
Departamento MARTINEZ TRUEBA - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA
Fuente IMPO
artículos 4
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Artículo 1

La emisión de la deuda pública municipal aprobada por decreto N° 1.473 de la Junta Departamental de Maldonado, de fecha 20 de junio de 1953, y autorizada por decreto legislativo, tendrá un interés del seis y medio por ciento (6 1/2 %) anual , y será amortizada dentro del plazo de veinte años.

Artículo 2

El servicio de intereses y amortización se hará por intermedio de la Dirección de Crédito Público, garantizando su pago el Gobierno Departamental de Maldonado, con la afectación de las rentas generales del Municipio, a cuyo efecto queda facultado el Gobierno Nacional para retener las cantidades necesarias de lo que se recauda anualmente por concepto de rentas municipales y aplicarlas directamente al pago de la deuda e intereses.

Artículo 3

Las Instituciones del Estado a las que sus respectivas leyes orgánicas autoricen o impongan inversiones en títulos de renta nacional, podrán adquirir los valores a que se refiere esta ley.

Artículo 4

Comuníquese, etc.

MARTINEZ TRUEBA - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA

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