Ley Nº 12019 - ACUERDOS INTERNACIONALES. APROBACION DEL ACUERDO GENERAL DE ARANCELES Y COMERCIO

Rango Ley
Publicación 1953-12-19
Estado Vigente
Departamento MARTINEZ TRUEBA - FRUCTUOSO PITTALUGA - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Apruébanse el Acuerdo General de Aranceles y Comercio y los Convenios y Protocolos que lo integran.

Artículo 2

El Poder Ejecutivo designará dentro del término de treinta días, a contar de la fecha de la promulgación de la presente ley, una Comisión compuesta de quince miembros con el objeto de hacer un estudio de la tarifa aduanera, en función de la defensa económica del país y de adaptarla al Acuerdo General de Aranceles y Comercio. La referida Comisión deberá expedirse en el término de ciento ochenta días formulando un proyecto de arancel, el que después de aprobado por el Poder Ejecutivo, será sometido a la consideración del Poder Legislativo.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

MARTINEZ TRUEBA - FRUCTUOSO PITTALUGA - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA

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