Ley Nº 12062 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. VALENTIN ALVAREZ
Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable al doctor Valentín Alvarez, de cuatrocientos pesos ($ 400.00) mensuales, acumulable a la legal que percibe, la que será atendida con cargo al remanente del producido que establece el artículo 6° de la ley de 22 de octubre de 1952.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
MARTINEZ TRUEBA - JUSTINO ZAVALA MUNIZ - EDUARDO ACEVEDO ALVAREZ - EDUARDO JIMENEZ DE ARECHAGA
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